FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA DE PELUQUERÍA Y ESTÉTICA
La competencia general de este título consiste en aplicar técnicas de limpieza, cambios de forma y color del cabello, así como técnicas básicas de maquillaje, depilación, manicura y pedicura, atendiendo al cliente y preparando los equipos, materiales y aéreas de trabajo con responsabilidad e iniciativa personal, operando con la calidad indicada, observando las normas de prevención de riesgos laborales y protección medioambiental correspondientes y comunicándose de forma oral y escrita en lengua castellana y en su caso en la lengua cooficial propia así como en alguna lengua extranjera.
¿CUÁLES SON LAS SALIDAS PROFESIONALES?
Este profesional ejerce generalmente su actividad por cuenta ajena en peluquerías y salones de belleza, así como en salas de peluquería y/o estética, gimnasios o centros de belleza de hoteles, residencias de personas mayores, hospitales y balnearios, supervisado por los técnicos responsables. También puede realizar de forma autónoma servicios básicos de peluquería, manicura y pedicura, depilación y maquillaje.
Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
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Auxiliar de peluquería.
-
Ayudante de manicura y pedicura.
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Ayudante de maquillaje.
-
Auxiliar de depilación.
MÓDULOS A IMPARTIR:
PRIMER CURSO
Módulo |
Horas Semanales |
Horas Totales |
Lavado y cambios de forma del cabello |
7 |
224 |
Depilación mecánica y decoloración del vello superfluo |
4 |
128 |
Cuidados estéticos básicos de uñas |
3 |
96 |
Preparación del entorno |
2 |
64 |
Ciencias aplicadas I |
5 |
160 |
Comunicación y sociedad I |
8 |
256 |
Tutoría |
1 |
32 |
SEGUNDO CURSO
Módulo |
Horas Semanales |
Horas Totales |
Técnicas de corte del cabello |
9 |
189 |
Maquillaje |
7 |
182 |
Cambio de color del cabello |
7 |
182 |
Atención al cliente |
2 |
52 |
Ciencias aplicadas II |
5 |
130 |
Comunicación y sociedad II |
7 |
182 |
Tutoría |
1 |
26 |
Unidad formativa de Prevención |
1 |
26 |
Formación en Centros de Trabajo. |
0 |
260 |
REFERENCIAS LEGISLATIVAS:
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Real Decreto: Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero
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Orden Andalucía: Orden de 8 de noviembre de 2016